El Boletín Oficial del Estado de 30 de enero, publica la Resolución de 21 de enero de 2009, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, puede consultarse en el enlace, por la que se aprueban las directrices generales del Plan General de Control Tributario 2009.
El Plan General de Control constituye un instrumento fundamental en la planificación de las actuaciones de control tributario y aduanero que la Agencia Tributaria va a realizar anualmente. El Plan detalla la cuantía y cualidad de las actuaciones de control a desarrollar y que van a permitir alcanzar los objetivos fijados del ejercicio. El control de los incumplimientos tributarios y la lucha contra el fraude constituye una de las líneas de actuación básicas de la Agencia Tributaria para el cumplimiento de la misión que tiene encomendada de aplicación efectiva del sistema tributario estatal y aduanero, así como de aquellos recursos de otras Administraciones Públicas cuya gestión se le atribuye por ley o por convenio.
Como novedades normativas más importantes para 2009 destacan:
- por un lado, Ley 4/2008 por la que se suprime el gravamen del Impuesto sobre el patrimonio,
- se generaliza el sistema de devolución mensual en el Impuesto sobre el Valor Añadido y
- se introducen otras modificaciones en la normativa tributaria:
- el Real Decreto 1793/2008, de 3 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades,
- el Real Decreto 1794/2008, de 3 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de procedimientos amistosos en materia de imposición directa;
- el Real Decreto 1804/2008, de 3 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal, se modifica el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo; y
- el Real Decreto 2126/2008, de 26 de diciembre, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, así como el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
Áreas de riesgo fiscal de atención preferente
Actuaciones de control intensivo (recogemos las relaciondas cn el IVA).
- Lucha contra las tramas de fraude en el ámbito del IVA que grava las operaciones intracomunitarias. Este ámbito de control mantiene su carácter prioritario de los últimos planes, adaptando la estrategia a la evolución de la propia tipología de fraude que se pretende combatir.
- En el año 2009, cobrará una especial relevancia el control de las solicitudes de devolución de IVA a raíz de la aprobación del nuevo régimen de devoluciones mensuales. Ello hará que, junto con el tradicional control de las solicitudes de IVA 2008, se deba realizar un esfuerzo extraordinario en materia de control de sujetos que soliciten el acceso al Registro de Devolución Mensual así como en el específico control de las solicitudes de devolución que mensualmente se vayan presentando al objeto de evitar la realización de devoluciones indebidas por parte del Tesoro.
Actuaciones de control extensivo (sólo las relacionadas con el IVA).
- En el área del control censal, tendrán especial relevancia en 2009 las actuaciones de control de acceso al Registro de Devolución Mensual previsto en el nuevo sistema de devolución mensual en el IVA.
- Asimismo, se ultimarán las novedades introducidas por el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
- Para luchar contra el fraude en las operaciones intracomunitarias, se mantendrán las actuaciones de detección de riesgos en la asignación y utilización posterior del número de identificación fiscal a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, y se reforzarán los controles de seguimiento sobre los operadores incluidos tanto en el Registro de Operadores Intracomunitarios como en el nuevo Registro de Devolución Mensual, que integrará el Registro de Exportadores y otros Operadores Económicos.
- En 2009, se mantendrá el análisis mediante herramientas informáticas de la procedencia de devoluciones sobre la base de parámetros de riesgo recaudatorio. Se prestará especial atención al control de las devoluciones de IVA solicitadas por contribuyentes inmersos en tramas de fraude. Asimismo, se evaluarán los riesgos recaudatorios de aquellos contribuyentes inscritos en el nuevo Registro de Devolución Mensual.
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